RECURSO DE REVOCATORIA por días de paro en la hoja de concepto

COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS DE PRIMARIA, INICIAL, ESPECIAL, ADULTOS

(ver archivo adjunto)

Las comisiones directivas electas por La Multicolor, presentamos al vocal de primaria y secretario general de ATEN una nota pidiendo que intervenga para que la columna destinada a registrar días de paro se saque de la hoja de concepto. En su respuesta ataca al Frente que le presenta la nota, pero no se define con respecto al registro de los días de paro en el cuadro de asistencia anual.

No está estipulado en ningún artículo del Estatuto del Docente que deba incluirse en la hoja del concepto ni en el legajo. Tampoco en el RÉGIMEN DE LICENCIAS, FRANQUICIAS Y JUSTIFICACIONES vigente ni como asistencia, ni como inasistencia.  Al no estar legislado, queda a criterio de los directores incluirlo o no en la fórmula como días no hábiles. Quienes toman el criterio, reducen entonces la variable “días que debió asistir” en la ecuación, pudiendo perjudicar directamente al docente en su calificación anual. ¿Para qué se incluye los días de paro, si no es para intentar amedrentar y desestimar la adhesión a medidas de fuerza, para señalar, estigmatizar a los activistas, retrocediendo a prácticas que suponíamos desterradas en el estado de derecho? El puntaje ES TRABAJO.

El SEÑALAMIENTO de los días de paro en la hoja de concepto –y posible rebaja del puntaje-, sumado al DESCUENTO, constituyen una DOBLE SANCIÓN. No existe en el Derecho, la doble sanción.

El vocal gremial por la rama primaria está en el CPE para observar y hacer cumplir la normativa. Lo votamos en la lista gremial contra de la lista del gobierno. ¿Hay alguna resolución que modifique el Estatuto del Docente o el Régimen de Licencias con respecto a los días de paro? En la época nefasta de la Resolución 163, se obligaba a los directivos a confeccionar listados de los huelguistas en una planilla aparte.  Se dio una gran batalla. Hubo sumarios para los directivos se negaron a señalar a sus compañeros, y se logró su derogación. Permitir que aparezca la columna de días de paro en el concepto docente es un retroceso en esa conquista. El vocal, en su doble rol, como secretario general de ATEN, debe exigir que no se individualice a los compañeros/as que hacen paro ni en la información al distrito ni en el legajo personal.

Esta columna sólo figura en el concepto del nivel primario en todas sus modalidades, y en el nivel inicial. Ningún trabajador de la educación por fuera de estos niveles sufre este señalamiento. Es un acto que vulnera el principio de igualdad ante la ley.

El recurso se presenta por vía jerárquica al director/a o supervisor/a y la APELACIÓN EN SUBSIDIO indica que debe llegar a las autoridades que corresponda si no se modifica el cuadro de asistencia. Hay que notificarse del concepto.

 

recurso sobre PARO en hojas de concepto